Un acto discriminatorio que debe ser rectificado.

En mayo de 2025, la Corte Suprema de Justicia, en su Sala Penal, resolvió un caso que pone en evidencia una problemática persistente: la discriminación hacia las personas LGBTIQ+ en las instituciones del Estado, específicamente dentro de las Fuerzas Armadas. El caso involucró a Yeison Estiben Ramírez Mejía, un soldado abiertamente LGBTIQ+ que fue víctima de burlas y trato vejatorio en el Batallón de Alta Montaña N.º 10 en Buga, debido a su orientación sexual. A raíz de esta discriminación, la Corte no solo amparó sus derechos, sino que ordenó al Ejército ofrecer una disculpa pública, un paso simbólico que refleja la postura del Estado frente a este tipo de vulneración .

¿Por qué es importante este fallo?

El fallo de la Corte no se limitó solo a reconocer la violación de los derechos de Yeison, sino que aprovechó la oportunidad para abordar conceptos fundamentales en el derecho constitucional colombiano, brindando una lección clara sobre la importancia de la protección de los derechos fundamentales. Estos son algunos de los elementos clave que la Corte explicó de manera sencilla y directa:

  • Acción de tutela: Este es un mecanismo previsto en la Constitución para proteger de forma rápida los derechos fundamentales cuando se ven amenazados o vulnerados por una autoridad pública. En este caso, Yeison utilizó la tutela para que se reparara la injusticia de la discriminación sufrida.
  • Libre desarrollo de la personalidad: Este derecho fundamental, que se encuentra en el artículo 16 de la Constitución, garantiza que cada persona pueda definir su proyecto de vida, incluyendo su identidad de género y orientación sexual. En otras palabras, cada quien tiene la libertad de vivir su vida tal como la desea, sin ser coaccionado por las normas sociales o institucionales.
  • Sujetos de especial protección constitucional: La Corte enfatizó que las personas LGBTIQ+ son un grupo vulnerable, dada la discriminación histórica que han sufrido. Este reconocimiento implica que, cuando una persona de esta comunidad denuncia discriminación, los jueces deben tratar el caso con especial sensibilidad, reconociendo la difícil situación que enfrentan.
  • Presunción de discriminación y carga dinámica de la prueba: La Corte también explicó que, en casos de discriminación, opera una presunción de discriminación. Esto significa que, cuando existen indicios claros de que una persona fue tratada de forma despectiva por su orientación sexual, se asume que hubo discriminación, y corresponde a la parte acusada demostrar que no fue así. Esta carga dinámica de la prueba facilita que las víctimas de discriminación, puedan hacer valer sus derechos sin tener que cargar con la difícil tarea de probar el prejuicio en su contra.
  • El deber del Estado y las Fuerzas Armadas de garantizar la igualdad: Finalmente, la Corte recordó que Colombia es un Estado social de derecho que debe garantizar la igualdad de todos sus ciudadanos, sin distinción alguna. Las Fuerzas Armadas, como parte de este Estado, tienen la obligación de respetar y proteger los derechos fundamentales de todos, sin importar su orientación sexual. El Ejército debe garantizar un ambiente inclusivo, libre de homofobia y transfobia, en línea con los valores democráticos y de respeto a la diversidad.

El caso de Yeison: un precedente importante

La Corte, tras evaluar lo sucedido, encontró pruebas claras de que tanto Yeison como su pareja fueron discriminados explícitamente por su orientación sexual. Como resultado, el fallo no solo amparó sus derechos de libre desarrollo de la personalidad y no discriminación, sino que ordenó que el Batallón de Alta Montaña N.º 10 se abstenga de futuros actos discriminatorios y pida disculpas públicas a Yeison por lo ocurrido.

Este fallo no solo resarce el daño a Yeison y su pareja, sino que también sirve como un precedente que pone en evidencia que la discriminación por orientación sexual no tiene cabida en las instituciones del Estado, incluidas las Fuerzas Armadas. La Corte utilizó la tutela no solo como un mecanismo correctivo, sino también como una herramienta pedagógica para prevenir futuras injusticias y fortalecer la cultura de respeto a los derechos humanos dentro del Ejército.

Un llamado a la acción, a propósito del mes del orgullo.

Este caso es un claro recordatorio de que la discriminación por orientación sexual es una violación grave de los derechos fundamentales y debe ser rechazada en todas sus formas. El fallo de la Corte no es solo un triunfo para Yeison, sino un llamado a todos para cambiar la mentalidad y las prácticas discriminatorias que aún persisten en nuestra sociedad.

El Ejército y las instituciones públicas deben tomar este fallo como un compromiso para revisar y reforzar sus protocolos contra la discriminación. Es esencial que los militares reciban formación sobre derechos humanos LGBTIQ+ y que existan mecanismos efectivos para denunciar abusos sin temor a represalias.

En igual sentido, abogados y jueces deben actuar con especial sensibilidad cuando se traten casos de personas LGBTIQ+. Es crucial que, como profesionales del derecho, aprovechemos herramientas como la acción de tutela para garantizar la igualdad y dignidad de todos, en especial aquellos que pertenecen a comunidades vulnerables.

La sociedad civil, por su parte, también tiene un papel fundamental. Cada uno de nosotros puede contribuir a erradicar la discriminación, desde rechazar comentarios homofóbicos hasta apoyar activamente a los miembros de la comunidad LGBTIQ+. Solo así, con el compromiso de todos, podremos construir una sociedad más inclusiva y respetuosa de la diversidad.

Este fallo histórico no es solo un paso hacia la justicia para Yeison y su pareja, sino una oportunidad para reflexionar y actuar desde nuestras respectivas esferas de influencia. La lucha por los derechos LGBTIQ+ continúa, y todos debemos ser parte activa de esta transformación.

FUENTE:

  • Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. M.P. Dr. Gerson Chaverra Castro. Sentencia STP-7714 del 22 de mayo de 2025. Radicación N° 145041.

 

 

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